Bengalas, exigencia.
Bengalas, exigencia.
Hola, buenos días a todxs!
Estoy leyendo el Reginave, en el punto 4.10. Excepciones (materiales de equipamiento), los que navegamos en aguas protegidas - Aguas Protegidas: Comprende la navegación en Río de la Plata Interior, ríos interiores, lagunas, embalses y aguas tranquilas. Con respecto a las Bengalas de mano rojas, figura que sólo serán exigibles cuando la navegacion sea "costera maritima".
Prefectura me las ha pedido más de una vez, hubo alguna modificacion que no me enteré?
Gracias!
Estoy leyendo el Reginave, en el punto 4.10. Excepciones (materiales de equipamiento), los que navegamos en aguas protegidas - Aguas Protegidas: Comprende la navegación en Río de la Plata Interior, ríos interiores, lagunas, embalses y aguas tranquilas. Con respecto a las Bengalas de mano rojas, figura que sólo serán exigibles cuando la navegacion sea "costera maritima".
Prefectura me las ha pedido más de una vez, hubo alguna modificacion que no me enteré?
Gracias!
- ricardotapia
- Mensajes: 159
- Registrado: Mié Jul 25, 2018 4:57 pm
Re: Bengalas, exigencia.
Hola Ahora,
El 2* en el casillero correspondiente a BENGALAS y AGUAS PROTEGIDAS. se refiere a la cantidad de bengalas.
Al finalo de la tabla, esta este apartado:
*) Unidades/cantidad. --> donde explica que el asterisco significa unidad/cantidad.
Por el contrario, si hiciere referencia al apartado numero 2, el numero estaría entre paréntesis. Como por ejemplo, en HACHA de incendio que dice 1*(10). Cantidad uno (por el asterisco), y según el (10) Obligatorio en embarcaciones con cabina cerrada y/o con portas de acceso a espacios confinados.
https://www.argentina.gob.ar/prefectura ... deportivas
Abrazo.
El 2* en el casillero correspondiente a BENGALAS y AGUAS PROTEGIDAS. se refiere a la cantidad de bengalas.
Al finalo de la tabla, esta este apartado:
*) Unidades/cantidad. --> donde explica que el asterisco significa unidad/cantidad.
Por el contrario, si hiciere referencia al apartado numero 2, el numero estaría entre paréntesis. Como por ejemplo, en HACHA de incendio que dice 1*(10). Cantidad uno (por el asterisco), y según el (10) Obligatorio en embarcaciones con cabina cerrada y/o con portas de acceso a espacios confinados.
https://www.argentina.gob.ar/prefectura ... deportivas
Abrazo.
- Mariano Grumete
- Mensajes: 4704
- Registrado: Lun Jul 30, 2018 11:49 am
Re: Bengalas, exigencia.
Ahora, no se que norma estás mirando, pero si es la que yo encontré tenés alguna confusión.
Ordenanza 1-18
4.10. Excepciones.
En competencias náuticas deportivas organizadas por clubes náuticos, federaciones y entidades náuticas, nacionales o internacionales; se regirán por los reglamentos de dichos eventos, siendo responsable de su cumplimiento la persona a
cargo de la embarcación, siempre que el material de equipamiento sea igual o superior a los establecidos en el presente.
Este punto no tiene nada que ver con lo que vos decís.
Inmediatamente viene el Anexo A con los elementos necesarios de acuerdo a la zona, que otro forista aportó. De ahí surge que para todas las zonas y tipo de embarcaciones son exigibles dos bengalas de mano rojas. En bengalas, para aguas protegidas no se exige las bengalas rojas con paracaídas, pero las de mano roja son exigibles para todos y todas
.
https://www.argentina.gob.ar/sites/defa ... 2018-1.pdf
Ordenanza 1-18
4.10. Excepciones.
En competencias náuticas deportivas organizadas por clubes náuticos, federaciones y entidades náuticas, nacionales o internacionales; se regirán por los reglamentos de dichos eventos, siendo responsable de su cumplimiento la persona a
cargo de la embarcación, siempre que el material de equipamiento sea igual o superior a los establecidos en el presente.
Este punto no tiene nada que ver con lo que vos decís.
Inmediatamente viene el Anexo A con los elementos necesarios de acuerdo a la zona, que otro forista aportó. De ahí surge que para todas las zonas y tipo de embarcaciones son exigibles dos bengalas de mano rojas. En bengalas, para aguas protegidas no se exige las bengalas rojas con paracaídas, pero las de mano roja son exigibles para todos y todas
https://www.argentina.gob.ar/sites/defa ... 2018-1.pdf
Re: Bengalas, exigencia.
Buenas tardes,
Es decir que la navegación a Colonia desde Buenos Aires serìa en aguas protegidas, es decir solo dos bengalas de mano rojas, sin bengalas con paracaidas, correcto? Y a Riachuelo aún navegando a menos de dos millas de la costa (desde Colonia a Riachuelo)?
Saludos,
Es decir que la navegación a Colonia desde Buenos Aires serìa en aguas protegidas, es decir solo dos bengalas de mano rojas, sin bengalas con paracaidas, correcto? Y a Riachuelo aún navegando a menos de dos millas de la costa (desde Colonia a Riachuelo)?
Saludos,
- Mariano Grumete
- Mensajes: 4704
- Registrado: Lun Jul 30, 2018 11:49 am
Re: Bengalas, exigencia.
Aguas Protegidas: Comprende la navegación en Río de la Plata Interior, ríos interiores, lagunas, embalses y aguas tranquilas.
Riachuelo está afuera del Río de la Plata Interior, por ende son aplicable los requisitos a la siguiente zona. Las 2/7 millas no tienen que ver con el tipo de elementos de seguridad, sino con la jurisdicción exclusiva ante cualquier hecho que suceda en esas franjas
Riachuelo está afuera del Río de la Plata Interior, por ende son aplicable los requisitos a la siguiente zona. Las 2/7 millas no tienen que ver con el tipo de elementos de seguridad, sino con la jurisdicción exclusiva ante cualquier hecho que suceda en esas franjas
Re: Bengalas, exigencia.
Gracias Mariano por la aclaración. Entonces navegando Colonia Riachuelo se debería llevar bengala paracaidas y quien podría hacer una inspección sería la autoridad uruguaya dado que se navegaría dentro de las 7 millas de la costa. Estimo que lo requerido por la autoridad uruguaya serían los mismos elementos de seguridad, no?
- Mariano Grumete
- Mensajes: 4704
- Registrado: Lun Jul 30, 2018 11:49 am
Re: Bengalas, exigencia.
Nunca en más de 30 años que navego en mi barco o en barco de otro, me han inspeccionado en aguas uruguayas. Desde la teoría, entiendo que los barcos en tránsito, si demuestran que los elementos de seguridad abordo son los obligatorios de acuerdo a las disposiciones del país de bandera, no lo podrían multar, o en todo caso deberían darle un plazo para que sean adquiridos en un puerto y se adecúe a la normativa local. Desconozco cuales son los elementos que exige la autoridad fluvial uruguaya. Se que durante mucho tiempo por lo menos, no eran los mismos ya que ellos exigían VHF y en Argentina, el VHF se tornó obligatorio hace relativamente poco.
Re: Bengalas, exigencia.
Muy claro Mariano. Gracias