CANAL cOSTANERO
Re: CANAL cOSTANERO
Gracias a todxs por la información!!
Re: CANAL cOSTANERO
Volvamos con un tema que me putearon. Albo, la eco la tenés en metros o pies?
Las eco suelen indicar el primer decimal y si vas muy jugado en pies te da mejor info
Re: CANAL cOSTANERO
Tengo eco Garmin en metros sin calibrarla a la profundidad real... ..me acostumbre así.. la tengo en el interior del barco...me asomo a la entrada a y ya se cuánto tendré .... En la mesa de navegación y a lo que marca le debo agregar 0,30cm que es la profundidad en que está colocada en la cameraa de proa y lo más a popa posible bajo la línea de flotación y en crujía...... Es decir si me marca 1,50cm quiere decir que estoy navegando con 1,80cm. De hecho tengo esta regla cuando me marca 1,30..o 1,40cm estoy por vararme. Con 1,20ya estoy varado sin posibilidad de salir ...normalmente navegó con 1,80a 2,0reales ..aprendí a no asustarme...y en general noto que la canaleta está un poco más profunda y angosta. Sobre el veril verde ...no es un canal. Simplemente una canaleta que nos va tirando rápidamente hacia ele oeste ...Lo que antes tardaba 10 años ahora lo hace en dos años ...no es como marianito dice ...aquí están influyendo la ausencia de chatas en el costanero que lo dragaban sin quererlo...también jode el MITRE y sus refuladoss...la ausencia de mantenimiento del costanero etc etc ..está salida y entrada del Lujan es una de las causas junto a otras del porque la vela disminuye y la motonautica revive otra es la famosa licencia de conductor náutico que permite a cualquier boludo usar una lancha El velero y con calado. En nuestro medio es una contra Así también le respondo a marianito. No soy pesimista pero si muy realista y observador
Re: CANAL cOSTANERO
Mariano, entiendo que cuando te referís a "no se cuenta con la prioridad de la vela ", es en caso que la embarcación tenga la maniobra restringida por el calado, es lo que surge del RIPPA, o me perdí algo?Mariano Grumete escribió: ↑Lun Ago 08, 2022 1:21 pmCabe recordar que toda vez que oficialmente volvió a ser un CANAL, si se navega a vela en el sector del canal, no se cuenta con la prioridad de la vela y hay que respetar la regla de circulación en canales navegables. Lo mismo para el fondeo. No se puede fondear en canales navegables. Hay que fondear fuera de las enfilaciones de las boyas.
saludos
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
Efectivamente Ahora. Si no te encontrás restringido por el calado no deberías estorbar navegando en un canal
Copio la parte pertinente del RIPPA para refrescar
Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar (1.972)
Regla 9
Canales angostos
a) Los buques que naveguen a lo largo de un paso o canal
angosto, se mantendrán lo mas cerca posible del límite exterior
del paso o canal que quede por su costado de estribor, siempre
que puedan hacerlo sin que ello entrañe peligro.
b) Los buques de eslora inferior a 20 metros o los buques de
vela, no estorbarán el tránsito de un buque que sólo pueda
navegar con seguridad dentro de un paso o canal angosto.
c) Los buques dedicados a la pesca, no estorbarán el tránsito de
ningún otro buque que navegue dentro de un paso o canal
angosto.
d) Los buques no deberán cruzar un paso o canal angosto, si al
hacerlo estorban el tránsito de otro buque que sólo pueda navegar
con seguridad dentro de dicho paso u canal. Este otro buque
podrá usar la señal acústica prescrita en la Regla 34 d) si abriga
dudas sobre la intención del buque que cruza.
e) I) En un paso o canal angosto, cuando únicamente sea posible
adelantar si el buque alcanzado, maniobra para permitir el adelantamiento
con seguridad, el buque que alcanza deberá indicar
su intención haciendo sonar la señal adecuada prescrita en la
Regla 34 c) i). El buque alcanzado dará su conformidad haciendo
sonar la señal adecuada prescrita en la Regla 34 c) ii) y
maniobrando para permitir el adelantamiento con seguridad. Si
abriga dudas podrá usar la señal acústica prescrita en la Regla
34 d). II) Esta Regla no exime al buque que alcanza, de sus obligaciones
según la Regla 13.
f) Los buques que se aproximen a un recodo o zona de un paso
o canal angosto en donde, por estar obstaculizada la visión, no
puedan verse otros buques, navegarán alerta y con precaución,
haciendo sonar la señal adecuada prescrita en la Regla 34 e)
g) Siempre que las circunstancias lo permitan, los buques evitarán
fondear en un canal angosto.
Copio la parte pertinente del RIPPA para refrescar
Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar (1.972)
Regla 9
Canales angostos
a) Los buques que naveguen a lo largo de un paso o canal
angosto, se mantendrán lo mas cerca posible del límite exterior
del paso o canal que quede por su costado de estribor, siempre
que puedan hacerlo sin que ello entrañe peligro.
b) Los buques de eslora inferior a 20 metros o los buques de
vela, no estorbarán el tránsito de un buque que sólo pueda
navegar con seguridad dentro de un paso o canal angosto.
c) Los buques dedicados a la pesca, no estorbarán el tránsito de
ningún otro buque que navegue dentro de un paso o canal
angosto.
d) Los buques no deberán cruzar un paso o canal angosto, si al
hacerlo estorban el tránsito de otro buque que sólo pueda navegar
con seguridad dentro de dicho paso u canal. Este otro buque
podrá usar la señal acústica prescrita en la Regla 34 d) si abriga
dudas sobre la intención del buque que cruza.
e) I) En un paso o canal angosto, cuando únicamente sea posible
adelantar si el buque alcanzado, maniobra para permitir el adelantamiento
con seguridad, el buque que alcanza deberá indicar
su intención haciendo sonar la señal adecuada prescrita en la
Regla 34 c) i). El buque alcanzado dará su conformidad haciendo
sonar la señal adecuada prescrita en la Regla 34 c) ii) y
maniobrando para permitir el adelantamiento con seguridad. Si
abriga dudas podrá usar la señal acústica prescrita en la Regla
34 d). II) Esta Regla no exime al buque que alcanza, de sus obligaciones
según la Regla 13.
f) Los buques que se aproximen a un recodo o zona de un paso
o canal angosto en donde, por estar obstaculizada la visión, no
puedan verse otros buques, navegarán alerta y con precaución,
haciendo sonar la señal adecuada prescrita en la Regla 34 e)
g) Siempre que las circunstancias lo permitan, los buques evitarán
fondear en un canal angosto.
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
No mas preguntas Señor Juez..y en general noto que la canaleta está un poco más profunda y angosta.
Re: CANAL cOSTANERO
Sssssturla…. perdón por el estornudo
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
¿Calan mucho las Sturla que pasan por el Costanero?
Re: CANAL cOSTANERO
El rippa no tiene aplicacion practica en este "canal" canaleta palanganistica. Porque no pasan buques de porte. Como dudo que muchos barcos de mas de 20mts de eslora puedan pasar por el costanero. Tampoco esta delimitado prácticamente en casi ningun lugar ambos veriles. No recuerdo si con las tantas modificaciones quedo un par de boyas rojo/verde
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
El Rippa se aplica a todas las embarcaciones sean o no de más de 20 metros. Y todos salvo el palo 1 son pares de boyas, más allá de que algunas pueden no estar como pasa con cualquier otro canal.
Re: CANAL cOSTANERO
Los 20mts son en referencia a la R9 punto b.
Y se llama par a las boyas que estan alineadas.
Y se llama par a las boyas que estan alineadas.
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
Por eso, si tenés una eslora de menos de 20 m (el 99% de la flota), tenés que no estorbar a cualquier otro buque que esté navegando por el canal restringido por el calado, sea o no mayor de 20m. La vela pierde toda prioridad y manda el restringido por el calado sea o no de más de 20m
Se llama par a las boyas que marcan los veriles opuestos de un canal y tienen el mismo kilometraje.
Se llama par a las boyas que marcan los veriles opuestos de un canal y tienen el mismo kilometraje.
Re: CANAL cOSTANERO
Me estas dando la razón. No hay mucho trafico por el costanero que supere los 20mts como decis el 99% del trafico es menor. Asi que rara ves se aplique la prioridad. Por ende es lo que dije en mi primer comentario. No es de aplicacion practica. Si no teorica. Y sea a vela o a motor la restricción de calado no depende de la propulcion. O mejor dicho el tipo de condicion de navegación del buque.
Re: CANAL cOSTANERO
La verdad, no entiendo eso de aplicar el ripa cuando se me ocurre....
Re: CANAL cOSTANERO
No es aplicar el rippa cuando se te ocurre. El rippa es un reglamento pensado para ordenar el trafico maritimo de barcos de porte. Y que el resto no moleste. Nadie se va a poner a pensar que pasa en un canal secundario que lo utilizan embarcaciones deportivas. Ese tipo de planteo no tiene ningún sentido, el costanero sea canal o no, no lo utilizan barcos de porte (20m de eslora) entonces no hay problema de paso. Y si llega a pasar una chata con alguna sudestada, que ya lo dudo pero puede ser el caso, ya sabemos.todos que tenes que mantenerte fuera del canal.
Existe el sentido común, nadie aplica el rippa a rajatabla, ni siquiera en los barcos mercantes y me consta por navegar en estos.
El punto B de la regla 9 claramente hace alucion a un barco de porte, y aclara que los barcos chicos se mantengan apartados.
Existe el sentido común, nadie aplica el rippa a rajatabla, ni siquiera en los barcos mercantes y me consta por navegar en estos.
El punto B de la regla 9 claramente hace alucion a un barco de porte, y aclara que los barcos chicos se mantengan apartados.
Re: CANAL cOSTANERO
Estimado cabana, está Ud equivocado. El Ripa aplica siempre y para todos los buques. Y lo que expresa es inquietante, máxime si tiene responsabilidades en buques mercantes.
Saludos cordiales.
- FinisTerra
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Re: CANAL cOSTANERO
coincido 100% y agrego aunque tuviera responsabilidda en una canoa...Estimado cabana, está Ud equivocado. El Ripa aplica siempre y para todos los buques. Y lo que expresa es inquietante, máxime si tiene responsabilidades en buques mercantes.
Saludos cordiales.
Re: CANAL cOSTANERO
Si, es realmente preocupante.
Re: CANAL cOSTANERO
Me pa que este chinito es de un buque pesquero que depreda...jaaa se salió de su clásico y parco estilo de postear..
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
No te entiendo Cabana. El Rippa se aplica el 100% del tiempo a todos los buques. Un H20 es para el Rippa un buque a vela de menos de 7 metros. En todos los canales navegables y en especial en el canal Costanero, todos tienen que respetar las normas del Rippa de navegación en canales angostos. Si vas a vela no le podés cortar la proa a uno que viene navegando por el canal vaya a motor o a vela y debés navegar sobre el veril de estribor en una vuelta encontrada. No parece muy difícil de entender. Y si tenés alguna duda, averiguá qué normativa se aplica en caso de accidente. Saludos
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
Ése es tu error. El 9B le de prioridad al que navega por un canal restringido por el calado. No menciona eslora. Esa es una interpretación tuya de algo que no está escrito en la norma. Cuando la ley quiere distinguir por eslora lo hace claramente y no es éste el caso. Además es razonable que en un canal tengan prioridad los que deban navegar obligadamente por el mismo sin importar la eslora. Lo que importa es el calado.. El punto B de la regla 9 claramente hace alucion a un barco de porte, y aclara que los barcos chicos se mantengan apartados.
Re: CANAL cOSTANERO
Jaaaaá que pedo tenés grumetin. La lancha sturla......va por dónde quiere....dentro fuera. ..me pasó al ras. ... Esto es argentina y dentro de un zanjón ....... Deja las leyes para un canal de verdad y unnnnnn paiiiiiisssss de verdaddddddd
Re: CANAL cOSTANERO
Muy preocupante, pudieron dormir a la noche?
Explicarme como aplicas la R9 PB, en el costanero un domingo a la tarde con 50 barcos, que tenes el calado pintado en la banda? O es a grito pelado el calado para que te den prioridad.
El rippa esta pensado para abarcar todas las generalidades, pero en canales comerciales o zonas de separación de trafico se aplican reglas internas mas complejas, cada canal tiene sus particularidades , sin ir mas lejos la hidrovia parana-paraguay, el canal Martín García, el canal de ingreso al río de la plata tienen sus normas particulares. Previo ingreso se cursan datos, dentro de esos datos va el calado, para saber que tipo de barco sos y que prioridades tenes, a quien das paso y quienes te tienen que dejar canal libre etc.
Explicarme como aplicas la R9 PB, en el costanero un domingo a la tarde con 50 barcos, que tenes el calado pintado en la banda? O es a grito pelado el calado para que te den prioridad.
El rippa esta pensado para abarcar todas las generalidades, pero en canales comerciales o zonas de separación de trafico se aplican reglas internas mas complejas, cada canal tiene sus particularidades , sin ir mas lejos la hidrovia parana-paraguay, el canal Martín García, el canal de ingreso al río de la plata tienen sus normas particulares. Previo ingreso se cursan datos, dentro de esos datos va el calado, para saber que tipo de barco sos y que prioridades tenes, a quien das paso y quienes te tienen que dejar canal libre etc.
Re: CANAL cOSTANERO
Y sí, preocupa pensar que uno puede venir pasando a motor el canal y venga un tipo haciendo un borde a vela y te tira el barco encima pidiendo paso porque se le ocurre que ahí no aplica el ripa sino "sus normas particulares". Y que todavía encima te lo discuta.
Re: CANAL cOSTANERO
Eso se aplica en cualquier lugar que tengas poca agua, sea un canal boyado, un aguaje, una canaleta o un rio angosto. Da lo mismo que navegues a vela o a motor. Si tenes poca agua y no podes maniobrar venga uno a vela, a motor o a remo estas en la misma situación.Pablo F. escribió: ↑Sab Ago 13, 2022 9:05 amY sí, preocupa pensar que uno puede venir pasando a motor el canal y venga un tipo haciendo un borde a vela y te tira el barco encima pidiendo paso porque se le ocurre que ahí no aplica el ripa sino "sus normas particulares". Y que todavía encima te lo discuta.
Pasa muy seguido en la entrada de san isidro, con poca agua y 1,70 de calado no podes maniobrar mucho porque te quedas clavado y hay cantidad de barcos que entran y salen a vela y te piden agua y te discuten.
Ignorantes y soberbios hay en todos lados.
- Mariano Grumete
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Re: CANAL cOSTANERO
Eso te lo deberían haber explicado en el curso de timonel. ¿O sea la norma se aplica si son pocos barcos, si son muchos ya no rige. Ah mirá vos. Dónde está escrito eso. Si no estás restringido por el calado no deberías navegar en el canal. Si una embarcación viene navegando por el canal presumís que se encuentra restringida por el calado y no tenés que estorbarla. No es muy difícil.Explicarme como aplicas la R9 PB, en el costanero un domingo a la tarde con 50 barcos, que tenes el calado pintado en la banda? O es a grito pelado el calado para que te den prioridad.
A partir de qué hay gente que tiene su propio Rippa para navegar y pese a que le demuestran su error, sigue en la suya, te lo creo.Ignorantes y soberbios hay en todos lados.
Re: CANAL cOSTANERO
Agarra el rippa que no muerde, el ámbito de aplicación esta perfectamente explicado en el principio. Lo que hay que hacer es interpretarlo. Y no poner el boca de otro lo que no dijo. Búscame donde dije que no se aplica. Puse que no se puede aplicar en el costanero. Por motivos prácticos que son obvio a la vista. Si queres pensar que no se aplicar el rippa pensa lo que quieras.Mariano Grumete escribió: ↑Sab Ago 13, 2022 5:16 pmEso te lo deberían haber explicado en el curso de timonel. ¿O sea la norma se aplica si son pocos barcos, si son muchos ya no rige. Ah mirá vos. Dónde está escrito eso. Si no estás restringido por el calado no deberías navegar en el canal. Si una embarcación viene navegando por el canal presumís que se encuentra restringida por el calado y no tenés que estorbarla. No es muy difícil.Explicarme como aplicas la R9 PB, en el costanero un domingo a la tarde con 50 barcos, que tenes el calado pintado en la banda? O es a grito pelado el calado para que te den prioridad.
A partir de qué hay gente que tiene su propio Rippa para navegar y pese a que le demuestran su error, sigue en la suya, te lo creo.Ignorantes y soberbios hay en todos lados.
Como vas a aplicar prioridad de restringido por su calado cuando en el costanero tenes una cantidad de barcos muy grande y no sabes el calado de ninguno?
Agrego textual el ambito de aplicación por si tenes dudas de lo que digo.
REGLA 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
a) El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima.
Con esto digo a donde va dirijido el reglamento en mi primer comentario. Esta echo y pensado en reglas generales para todo el trafico mundial. Y esto se genero por múltiples accidentes.
Re: CANAL cOSTANERO
cabana vaya a Prefectura y devuelva el librito rosa. Dígales que no se puede aplicar en San Isidro. Lleve también su brevet así estamos todos más tranquilos.
Re: CANAL cOSTANERO
Chinito Cabana dice que es impracticable A lo que estoy de acuerdo. Igualmente en derecho existe lo que se llama desuetudo. Que es la no aplicación del derecho por haberlo dejado de usar la comunidad. Creo que en el caso en trato seriiiiaaaa aplicable ….con ciertas dudas ….!!!! Igualmente en la actualidad mandan las lanchas siturla. Y ese cata de turismo. Que no perdonan ni a tu abuela con bastón Ah también los grandes patachos enfiestados…. La bajante ..la fuerza de la corriente los boludos con botes pescando ….las tablas voladoras … jeee ya me compré flor de tijera.Por Si se me estampan en jarcia fija. Ah. También los foulard Si sumas todo. Grande la zanjita