IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Mi consulta al Foro consiste en la duda que tengo en relacion al impuesto a las embarcaciones en el radio de la Capital Federal a cargo de la AGIP si la cuota fija a la que se le adiciona un porcentaje segun el valor de la embarcacion su pago es mensual o anual.Gracias
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Aclaro dice "alicuota fija" pero no indica si el pago es mensual o anual
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Peroncho finis ..... TELÉFONO ..... o.... no pagas??????????
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Hasta donde yo sé el impuesto es anual y luego se divide en cuotas.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Hay en AGIP un cuadro donde comienza con valuacion dispuesto en columnas que van de menor a mayor, y para cada valor se corresponde con un monto denominado "alicuota fija" y a ella se le agrega un porcentaje por exceso sobre valor minimo.
La pregunta consiste en que en ninguna lugar dice si esa alicuota fija es anual o mensual.Porque la pregunta? porque para un valor mayor a $ 247.000.- corresponde una alicuota fija de $ 18.000,00 De modo que un velero de U$S 30.000,00 hoy estaria en 1.200.000 entonces si es mensual pagaria $ 18.000 mas el 4% sobre el excedente.Que tal? De modo que en el año seria como un 22% del valor de la embarcacion.Estoy asustado, porque como no aclara si la cuota es mensual o anual, si fuera mensual es impagable, pero como los abusos estan al dia con los funcionarios no me extraña cualquier disparate.
La pregunta consiste en que en ninguna lugar dice si esa alicuota fija es anual o mensual.Porque la pregunta? porque para un valor mayor a $ 247.000.- corresponde una alicuota fija de $ 18.000,00 De modo que un velero de U$S 30.000,00 hoy estaria en 1.200.000 entonces si es mensual pagaria $ 18.000 mas el 4% sobre el excedente.Que tal? De modo que en el año seria como un 22% del valor de la embarcacion.Estoy asustado, porque como no aclara si la cuota es mensual o anual, si fuera mensual es impagable, pero como los abusos estan al dia con los funcionarios no me extraña cualquier disparate.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Siempre es un disparate, asi sea 1 peso o 18000 pesos o 1000000 de pesos
Un Impuesto Ilegal, anticonstitucional es un disparate
Pero como las embarcaciones no es para secos (a veces se dice esto aca), estaran contentos de pagarlo
Me causa gracia cuando veo las publicaciones de ventas de embarcaciones, el aviso dice todo en regla, ARBA al dia ja, lo muesttran con orgullo, pagan orgullosamente un robo en vez de tratar de reclamarlo (por un bien comun, la nautica argentina)
Arba, Agip, Acceso a vias navegables
Solo tiene que estar al dia Matricula PNA y bienes personales, los unicos impuestos legales
Un Impuesto Ilegal, anticonstitucional es un disparate
Pero como las embarcaciones no es para secos (a veces se dice esto aca), estaran contentos de pagarlo
Me causa gracia cuando veo las publicaciones de ventas de embarcaciones, el aviso dice todo en regla, ARBA al dia ja, lo muesttran con orgullo, pagan orgullosamente un robo en vez de tratar de reclamarlo (por un bien comun, la nautica argentina)
Arba, Agip, Acceso a vias navegables
Solo tiene que estar al dia Matricula PNA y bienes personales, los unicos impuestos legales
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Fer 2017 es cierto lo que decis, es absolutamente ilegal e inconstitucional, pero finalmente lo impusieron de prepo,casi diria totalitariamente, son unos fascinerosos que se aprovechan usando al Estado como vehiculo para despues vivir del mismo.Alla por el año 1983 no recuerdo bien la fecha, todos los clubes nauticos se unieron contra en ese momento era un proyecto, y hasta se contrato un abogado que puso el Nautico San Isidro, que presento en La Plata un recurso que no prospero.Recuerdo que cobro en aquel entonces la suma de U$S 5.000.- su tarea.En aquel entonces,participe representando al Nautico Buchardo, pero los resultados estan a la vista, nos impusieron un impuesto que no es un impuesto,tecnicamente hablando, ya que no solo es inconstitucional, sino que tampoco la Provincia de Buenos Aires, o el Gobierno de la Ciudad tiene jurisdiccion sobre la zona costera, y menos aun el agua, que pertenece a la Nacion.De modo, que si hubo oposicion de todos los clubes nauticos, y mucho trabajo en reuniones tendiente a oponerse a este impuesto,e inclusive hubo gastos judiciales, etc. Espero querido nauta que con esta historia, tengas un motivo mas para estar razonablemente enojado con esta imposicion irracional y arbitraria.
- René Sauzet
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Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Así es relampago, con certeza no recuerdo si fue en 1983 o antes, pero recuerdo que la mayoría de los clubes de San Isidro, luego de intensos debates y reuniones en cuanto a este nuevo impuesto que se imponía en la Prov. de Bs. As. a las embarcaciones se resolvió contratar los servicios de un constitucionalista de renombre, quién presentó como bien decís un recurso que tuvo resultado negativo y por cuyo trámite se pagó una importante suma.
De ahí en más estuvimos obligados a pagar este denominado Impuesto a las Embarcaciones Deportivas y de Placer que realmente resulta además de abusivo completamente inconstitucional. Pero, o pagamos o nos sometemos al juicio y posterior embargo con el que amenaza ARBA.
Conozco algunos casos en que el monto de la valuación que ha establecido ARBA a la embarcación hace casi imposible a su propietario pagarlo.
En su momento trabajé en el tema dado que, luego de dejar la vela, por motivos de salud y para no dejar el río con mi hijo compramos una modesta lancha sin cabina y, Oh sorpresa, la valuación que le habían fijado en origen era similar a un crucero con cabina, motor interno, amplias comodidades como ser heladera, aire acondicionado, baño compartimentado, cómodas cuchetas y salón de estar, etc.etc. El primer reclamo que realicé me lo rechazaron aduciendo que el valor del impuesto estaba dado por la eslora de la embarcación. Finalmente, luego de presentar innumerables notas de reclamos donde explicaba que no podían valorar por ejemplo a un velero de madera de la clase Grumete con otro de similar eslora y de construcción nueva con un crucero o velero de nueva construcción finalmente tuve una respuesta acertada, toda vez que cambiaron aceptando la diferencia existente entre una lancha sin cabina con otras embarcaciones de similar eslora con cabina, etc. y, además reformularon los porcentajes, depreciación por antigüedad, alícuotas, etc, con lo cual el impuesto, a pesar de ser oneroso, se redujo sustancialmente.
En fin, han pasado los años y lamentablemente el impuesto sigue vigente a pesar de todo lo intentado para lograr su derogación.
Los gobernantes o los políticos simplemente entiendo que lo ven como un recurso que alimenta sus arcas y dudo que alguno llegue a insinuar o hacer algo para lograr su derogación, por más anticonstitucional que parezca.
Cordiales saludos.
De ahí en más estuvimos obligados a pagar este denominado Impuesto a las Embarcaciones Deportivas y de Placer que realmente resulta además de abusivo completamente inconstitucional. Pero, o pagamos o nos sometemos al juicio y posterior embargo con el que amenaza ARBA.
Conozco algunos casos en que el monto de la valuación que ha establecido ARBA a la embarcación hace casi imposible a su propietario pagarlo.
En su momento trabajé en el tema dado que, luego de dejar la vela, por motivos de salud y para no dejar el río con mi hijo compramos una modesta lancha sin cabina y, Oh sorpresa, la valuación que le habían fijado en origen era similar a un crucero con cabina, motor interno, amplias comodidades como ser heladera, aire acondicionado, baño compartimentado, cómodas cuchetas y salón de estar, etc.etc. El primer reclamo que realicé me lo rechazaron aduciendo que el valor del impuesto estaba dado por la eslora de la embarcación. Finalmente, luego de presentar innumerables notas de reclamos donde explicaba que no podían valorar por ejemplo a un velero de madera de la clase Grumete con otro de similar eslora y de construcción nueva con un crucero o velero de nueva construcción finalmente tuve una respuesta acertada, toda vez que cambiaron aceptando la diferencia existente entre una lancha sin cabina con otras embarcaciones de similar eslora con cabina, etc. y, además reformularon los porcentajes, depreciación por antigüedad, alícuotas, etc, con lo cual el impuesto, a pesar de ser oneroso, se redujo sustancialmente.
En fin, han pasado los años y lamentablemente el impuesto sigue vigente a pesar de todo lo intentado para lograr su derogación.
Los gobernantes o los políticos simplemente entiendo que lo ven como un recurso que alimenta sus arcas y dudo que alguno llegue a insinuar o hacer algo para lograr su derogación, por más anticonstitucional que parezca.
Cordiales saludos.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
El principio tributario. Nos dice. pague y luego.... si se considera injusto.... repita ....... es decir debo repetir ..... debo pagar. ..... debo pagar ........ debo pagar........ cien veces y luego a casa con el culo bien engrasado jaaaaass
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
El error cometido en aquel entonces, hablo de cuando los clubes interpusieron un recurso administrativo con el patrocinio segun creo del Dr.Cabral ex miembro de la Corte Suprema de Justicia, resulto un fracaso, en principio porque el argumento de este letrado era un tanto ridiculo- Segun los fundamentos, expresaba que no se podia aplicar un impuesto textual al "agua" refiriendose la zona costera del Rio de La Plata, porque el agua cambiaba con las mareas y por tanto, digamos,era imposible que tuviera un dueño o titular. Lamentablemente,el error fue de forma y de fondo, porque un recurso de apelacion administrativo,era resuelto por el mismo organo que la queria imponer, y ademas el argumento debia ser otro, que no le pertenecia jurisdiccionalmente a la Provincia de Buenos Aires sino a la Nacion, segun el Codigo Civil,y es por eso,que la custodia pertenece a Prefectura Naval Argentina y no a otra fuerza de seguridad.La solucion hoy seria, entre otras, un planteo judicial, un amparo,con la mayor cantidad de firmas. O sea,planter formalmente en forma correcta y con los argumentos veraderos, y el mayor apoyo numerario de afectados.Bueno,espero haber podido ser util por si alguno se le ocurre iniciar una actitud masiva y formalmente correcta- Saludos.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Yo tengo hace tres años una pugna en la Comisión Federal de Impuestos porque en mi opinión el impuesto se superpone con el impuesto a los Bienes Personales y por lo tanto la Provincia debió eliminarlo cuando Bienes Personales se hizo copartipable. Tengo que ir a ver si hicieron algo, pero me parece que tendré que hacer una denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionario público contra los 24 ministros de economía jurisdiccionales, porque no se deciden a hacerlo, porque saben que luego de Buenos Aires caerían Capital, Entre Ríos, Santa Fe y Rio Negro.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Estimado Lisderoa, si puedo ayudarlo en algo cuente conmigo
yo envie mail denunciando la parte inconsitucuional (la jurisdiccion es muy clara hacia la Nacion, Prefectura), envie a Diputados, Senadores, Presidencia, Defensore del pueblo de la porvincia y de la nacion, clubes, Guarderias, Garkel (Cacel), Intendencias
Esto lo arranque hace varios años, mas de 5 años, nadie se intereso, ni los gobiernos que estaban ni los de ahora, solo tuve respuesta de Garkel (cacel) diciendo que la culpa era de nosotros los nautas por no acompañarlos a ellos para que nos defiendan y otra persona que se intereso, me llamo y estuvimos hablando una hora fue un comodoro de un club importante o el mas importante, quedamos en juntarnos y yo le llevaria toda la informacion pero este Señor fallecio a los pocos dias.
La decadencia en la nautica arranca mas o menos en el 2011
Recuerdo con alegria en esos años la gente de Arba queriendo poner un puesto en la puerta de prefectura tigre y los prefectos tirando el puesto abajo a patadas, luego de eso Arba cambio su forma de conseguir datos y comenzo su sistema nefasto y mafioso de amenazar a todos los clubes y guarderias para conseguir los datos y asi lo hicieron, pero eran erroneos en gran parte y desde el 2016 el gobierno actual fusilo y ejecuto al mundo nautico argentino brindandole toda la base de datos de los propietarios de embarcaciones de prefectura
yo envie mail denunciando la parte inconsitucuional (la jurisdiccion es muy clara hacia la Nacion, Prefectura), envie a Diputados, Senadores, Presidencia, Defensore del pueblo de la porvincia y de la nacion, clubes, Guarderias, Garkel (Cacel), Intendencias
Esto lo arranque hace varios años, mas de 5 años, nadie se intereso, ni los gobiernos que estaban ni los de ahora, solo tuve respuesta de Garkel (cacel) diciendo que la culpa era de nosotros los nautas por no acompañarlos a ellos para que nos defiendan y otra persona que se intereso, me llamo y estuvimos hablando una hora fue un comodoro de un club importante o el mas importante, quedamos en juntarnos y yo le llevaria toda la informacion pero este Señor fallecio a los pocos dias.
La decadencia en la nautica arranca mas o menos en el 2011
Recuerdo con alegria en esos años la gente de Arba queriendo poner un puesto en la puerta de prefectura tigre y los prefectos tirando el puesto abajo a patadas, luego de eso Arba cambio su forma de conseguir datos y comenzo su sistema nefasto y mafioso de amenazar a todos los clubes y guarderias para conseguir los datos y asi lo hicieron, pero eran erroneos en gran parte y desde el 2016 el gobierno actual fusilo y ejecuto al mundo nautico argentino brindandole toda la base de datos de los propietarios de embarcaciones de prefectura
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Buenas a todos, no se si alguno me pueda orientar con este tema.
Estoy comprando en velero que esta en tigre, y lo voy a amarrar en puerto norte.
Por tema impositivo... tendria que yo presentarme a AGIP a dar de alta la embarcación? O tendria que esperar a que ellos lo hagan de oficio ?
Veo por las tablas que para un velero de 14mil dolares debería estar pagando un total de 40mil pesos por año al cambio actual.. lo que me haria dejarlo en la amarra que esta ahora y no trasladarlo... entiendo por lo que dice la web que se toma el precio de la poliza de seguro... para eso tendria que que asegurar solo un 10% del barco y no quiero eso tampoco. Dudo que todos los veleros que estan en CABA paguen asi, al menos a mi se me haria imposible.
El vendedor tendria que informar a ARBA de la transferencia?
Desde ya agradezco cualquier orientación.
Estoy comprando en velero que esta en tigre, y lo voy a amarrar en puerto norte.
Por tema impositivo... tendria que yo presentarme a AGIP a dar de alta la embarcación? O tendria que esperar a que ellos lo hagan de oficio ?
Veo por las tablas que para un velero de 14mil dolares debería estar pagando un total de 40mil pesos por año al cambio actual.. lo que me haria dejarlo en la amarra que esta ahora y no trasladarlo... entiendo por lo que dice la web que se toma el precio de la poliza de seguro... para eso tendria que que asegurar solo un 10% del barco y no quiero eso tampoco. Dudo que todos los veleros que estan en CABA paguen asi, al menos a mi se me haria imposible.
El vendedor tendria que informar a ARBA de la transferencia?
Desde ya agradezco cualquier orientación.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
No presentes póliza verdadera ni permitas una valorización de oficio Es un tema muy delicado consulta con un gestor que haga ARBA. No todos lo hacen. Te podes mandar Flor de cagada Creo que caba es más cara Estamos en vísperas de un cambio de gobierno. Algo de mejora se notara para nosotros los ricos con yachtes. Cualquier consulta espera que regrese del mediterráneo
- René Sauzet
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Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Pitu13: la presentación ante AGIP y/o ARBA, según tengo entendido debe hacerse dentro de los quince días de vendido o comprado. De cambiar de jurisdicción sería conveniente que el vendedor de la baja en ARBA y simúltaneamente se de el alta en AGIP. Para determinar el valor de la embarcación podría pedirse una constancia a ARBA de la baja y valuación para presentar en AGIP. Si no te facilitan esa constancia tendrías que presentar Póliza de Seguro/Presupuesto Cía. de Seguro con firma y sello del productor/Valuación por Ingeniero Naval con firma certificada por el Consejo Profesional: Original y Fotocopia (al menos, una de estas opciones). También seguramente te van a exigir una constancia de las fecha de alta de amarre y baja de los lugares en que estuvo la embarcación. Lo que no tengo en claro es sí, para establecer el valor de la cuota se procede en similar forma a ARBA, es decir se realiza una depreciación del valor en base a la tabla por antigüedad de la embarcación.
Quizás te resulte conveniente mantenerlo en principio en ARBA, dando el vendedor la baja y simultáneamente vos el alta manteniendo los valores ya declarados y pasado un tiempo y luego del respectivo análisis ver como procedes, si decidís cambiarlo de jurisdicción.
Cordiales saludos.
Quizás te resulte conveniente mantenerlo en principio en ARBA, dando el vendedor la baja y simultáneamente vos el alta manteniendo los valores ya declarados y pasado un tiempo y luego del respectivo análisis ver como procedes, si decidís cambiarlo de jurisdicción.
Cordiales saludos.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Si, la web dice que es dentro de producida la compra/venta o de su cambio de lugar de amarre. Supongo que no podre mantener ARBA si está amarrrado en ciudad de buenos Aires. Entiendo que en algún momento han realizado registros de oficio y te mandaban la boleta de AGIP a tu domicilio.
La de presentar la valuación que tenía en ARBA me parece buena idea.... con ese monto se paga algo más razonable.
Gracias Rene.
La de presentar la valuación que tenía en ARBA me parece buena idea.... con ese monto se paga algo más razonable.
Gracias Rene.
- René Sauzet
- Mensajes: 894
- Registrado: Vie Jul 20, 2018 11:34 am
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
pitu13, bajo ningún concepto llegues a la instancia de inscripción de oficio toda vez que sin duda la tasación que hagan no te favorecerá y ello significará seguramente un costo elevado del tributo. De decidir cambiar de jurisdicción hacé el trámite directamente o con intervención de algún gestor.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Gracias Rene por el consejo. Voy a hacer asi
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Pitu, yo te diria que le des el tramite a un gestor porque te van a volver loco con los papeles. Ojo que la mayoria no hacen AGIP. La unica que conozco que lo hace es Gabriela Lopardo. No se si hay otros. Tiene barco en el Centro de Graduados. Ella te puede hacer el tramite.
La valuacion, el monto y todo eso conversalo con ella. Labura bien y no cobra caro.
La valuacion, el monto y todo eso conversalo con ella. Labura bien y no cobra caro.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Si pagas en una jurisdicción y presentas en la otra el comprobante no hay tema. No se puede cobrar en dos jurisdicciones. Pero debes acreditar que lo pagas. Un barco se mueve. Y podes amarrar en más de una jurisdicción en el año.
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
LA persona que te puede asesorar perfectamente es el Sr Jose de Escribania Alvarez. Me asesoro muy bien con la isncripcion de mi embarcacion en Arba . Te conviene asesorarte antes de hacer algo.
SALUDOS
SALUDOS
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Gracias por el dato de Gabriela Lopardo, la voy a contactar. Alvarez no hace gestion de AGIP!
Gracias
Gracias
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Para lisderoa, todos los impuestos que reconocen como hecho imponible el valor de algo o el patrimonio neto se superponen e implican doble imposici+on –y, en algunos casos, triple–. Inmobiliario provincial y bienes personales, embarcaciones y bienes personales, patentes y bienes personales. Todos ellos se basan en lo mismo: sos titular de un inmueble, embarcación o automotor y pagás un impuesto provincial por eso, además te enchufan bienes personales sobre el misma hecho imponible. En provincia de Buenos Aires, además han inventado el "inmobiliario complementario" que es un castigo por tener dos propiedades. O sea, pagás el impuesto inmobiliario por cada propiedad, además pagás el "inmobiliario complementario" por tener dos propiedades de las cuales cada una pagó lo que correspondía y después la Nación te reclama el impuesto a los bienes personales sobre el mismo hecho imponible. Yo ni intenté ningún planteo, no soy tributarista y como dice el tango "pagando como un chabón".
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Luisbic seguramente El Sr Lisderoa te lo explicara mejor, pero a partir de la nueva constitucion esta la Ley de Coparticipacion, esa ley solo autoriza 4 impuestos que puede cobrar la Provincia de buenos aires (Sellos, Impuesto inmbiliario, patente automotor e Ingresos brutos) nada mas que esto y cobran muchos mas, entre ellos Arba Embarcaciones, Inconstitucional por lo tanto Ilegal, aparte de la superposicion de Impuestos
por otro lado, existe la Ley Organica de las Municipalidades, que todos los municipios se lo pasan por lo huevos y pasa lo mismo, cobran muchos impuestos que no deberian, naftas, revaluaciones y entre tantos ellos Acceso a vias Navegables, por ejemplo
En argentina el ciudadano tiene que cumplir la Ley, pero es estado es el primero en incumplirla, esto arranca desde el año 94 a la fecha y paso por todos los gobiernos de todas las distintias versiones politicas
Alguien dijo Republiqueta, el problema es judicial, la justicia nunca debio permitir todos los abusos del estado (nacional, provincial y municipal)
por otro lado, existe la Ley Organica de las Municipalidades, que todos los municipios se lo pasan por lo huevos y pasa lo mismo, cobran muchos impuestos que no deberian, naftas, revaluaciones y entre tantos ellos Acceso a vias Navegables, por ejemplo
En argentina el ciudadano tiene que cumplir la Ley, pero es estado es el primero en incumplirla, esto arranca desde el año 94 a la fecha y paso por todos los gobiernos de todas las distintias versiones politicas
Alguien dijo Republiqueta, el problema es judicial, la justicia nunca debio permitir todos los abusos del estado (nacional, provincial y municipal)
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Hola fer gracias por tu respuesta, por eso aclaré que no soy tributarista, sino penalista. Pero el inmobiliario complementario es un disparate mayúsculo.
Saludos
Saludos
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Seguramente lisderoa te dara la respuesta exacta
y con respecto al disparate, todo es un disparate o gran parte, la provincia y los municipios hacen un desastre tributario, yo trabajo en una compañia multinacional Americana-Sueca, al dia de hoy, es mas barato traer las piezas de Suecia (incluyendo la parte de acero inoxidable) que fabricar en Argentina, la diferencia es importante en lo caro que sale fabricar aca (por la carga tributaria) que traer las piezas de Suecia con dolar a 60, ni hablar la calidad que biene (aparte de ser mas barato), y esto no es de ahora, viene de hace 20 años
y con respecto al disparate, todo es un disparate o gran parte, la provincia y los municipios hacen un desastre tributario, yo trabajo en una compañia multinacional Americana-Sueca, al dia de hoy, es mas barato traer las piezas de Suecia (incluyendo la parte de acero inoxidable) que fabricar en Argentina, la diferencia es importante en lo caro que sale fabricar aca (por la carga tributaria) que traer las piezas de Suecia con dolar a 60, ni hablar la calidad que biene (aparte de ser mas barato), y esto no es de ahora, viene de hace 20 años
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Te cuento mi experiencia.
Arba. Al salir de crucero, rol en mano y comprobante de amarra en otro lugar y carta del club diciendo que el barco no está desde CC fecha, se dejó de pagar. Al regresar, mismo trámite. Único problema se cobra año completo, ahí me canse de discutir. El trámite me llevo cada vez quince minutos.
El impuesto no se cobra en más de una jurisdicción y entre capital y Pcia se cruzan las bases. Importante es tener todos los papelitos, incluyendo comprobantes de amarra y pago
Arba. Al salir de crucero, rol en mano y comprobante de amarra en otro lugar y carta del club diciendo que el barco no está desde CC fecha, se dejó de pagar. Al regresar, mismo trámite. Único problema se cobra año completo, ahí me canse de discutir. El trámite me llevo cada vez quince minutos.
El impuesto no se cobra en más de una jurisdicción y entre capital y Pcia se cruzan las bases. Importante es tener todos los papelitos, incluyendo comprobantes de amarra y pago
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Estimados, para no abrir otro hilo les consulto sobre este: Tengo (bah, es de mi hijo pero se rajó al exterior) una lancha de merda que la han inscripto de oficio, mal el año, mal la eslora y no sé si algo más. Podrían recomendarme alguien con experiencia en normalizar esto? Gracias
Re: IMPUESTO A EMBARCACIONES POR AGIP
Estimados
Les recuerdo ela rt. 16 de la C.N.A.
Artículo 16 La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Es clarísimo, a parte de la doble imposición de otros impuestos como p.e. Bienes personales, mas allá de la falta de jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, la ley de coparticipación federal es clara.
Ahora,mientras te corran con el miedo y algunos paguen, estamos jodidos. NO HAY QUE PAGARLO y listo, se terminó, aparte de ser una galimatia administrativa que la sola recaudación no alcanza al mantenimiento de los gastos administrativos de su administración. Es para denunciar por incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos y por defraudación a las arcas públicas por mala administración. En ningún lado aparecen los presupuestos de recaudación anual y su aplicación, ni las actas de la Legislatura porteña que avalen la creación de este mal llamado impuesto.
Saludos a todos
Les recuerdo ela rt. 16 de la C.N.A.
Artículo 16 La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Es clarísimo, a parte de la doble imposición de otros impuestos como p.e. Bienes personales, mas allá de la falta de jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, la ley de coparticipación federal es clara.
Ahora,mientras te corran con el miedo y algunos paguen, estamos jodidos. NO HAY QUE PAGARLO y listo, se terminó, aparte de ser una galimatia administrativa que la sola recaudación no alcanza al mantenimiento de los gastos administrativos de su administración. Es para denunciar por incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos y por defraudación a las arcas públicas por mala administración. En ningún lado aparecen los presupuestos de recaudación anual y su aplicación, ni las actas de la Legislatura porteña que avalen la creación de este mal llamado impuesto.
Saludos a todos