Algunas normas del Reginave
Publicado: Dom Ene 26, 2025 7:48 am
El patrón, capitán o propietario del crucero que contrató la mediática Wanda Nara para festejarle el cumpleaños a su hijo habrá calculado el costo de la multa que le podría aplicar PNA por no haber cumplido con alguna de las normas expresadas en el Reginave ?
RÉGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE(REGINAVE)
https://www.infobae.com/teleshow/2025/0 ... -de-fotos/
401.0413. Uso Comercial de Embarcaciones Deportivas
Las habilitaciones deportivas de Timonel, Patrón y Piloto de Yate permitirán a sus poseedores llevar adelante actividades comerciales. Por ejemplo, de deporte náutico, recreo o vinculadas a estas últimas, ya sean ejercidas en forma personal o con la participación de terceros, sea su propietario persona humana o jurídica. En el caso que conlleven el transporte de pasajeros deberán limitarse el máximo número de personas que la embarcación está autorizada a transportar, y siempre que esa cantidad no supere el número de DOCE (12), excluida la tripulación.
La PREFECTURA NAVAL ARGENTINA establecerá las condiciones de seguridad de las embarcaciones para llevar a cabo las citadas actividades.
Otra cosa que vale la pena recordar a los navegantes:
301.0403. Prohibiciones Varias
Inciso g : Amarrar a boyas, balizas o toda otra obra de arte que no esté destinada a ese fin.
302.0704. Daños en las Obras de Arte
Toda embarcación será responsable de los perjuicios que ocasionen a las boyas, balizas, bitas y de toda obra de arte de los canales de acceso
y del interior de los puertos.
RÉGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE(REGINAVE)
https://www.infobae.com/teleshow/2025/0 ... -de-fotos/
401.0413. Uso Comercial de Embarcaciones Deportivas
Las habilitaciones deportivas de Timonel, Patrón y Piloto de Yate permitirán a sus poseedores llevar adelante actividades comerciales. Por ejemplo, de deporte náutico, recreo o vinculadas a estas últimas, ya sean ejercidas en forma personal o con la participación de terceros, sea su propietario persona humana o jurídica. En el caso que conlleven el transporte de pasajeros deberán limitarse el máximo número de personas que la embarcación está autorizada a transportar, y siempre que esa cantidad no supere el número de DOCE (12), excluida la tripulación.
La PREFECTURA NAVAL ARGENTINA establecerá las condiciones de seguridad de las embarcaciones para llevar a cabo las citadas actividades.
Otra cosa que vale la pena recordar a los navegantes:
301.0403. Prohibiciones Varias
Inciso g : Amarrar a boyas, balizas o toda otra obra de arte que no esté destinada a ese fin.
302.0704. Daños en las Obras de Arte
Toda embarcación será responsable de los perjuicios que ocasionen a las boyas, balizas, bitas y de toda obra de arte de los canales de acceso
y del interior de los puertos.