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Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Lun Dic 10, 2018 12:24 pm
por AlfaVictor
Estimados, en el viejo foro había un post con info al respecto pero no recuerdo bien que decía.
Para tramitar dicho permiso habia dos formas, no es así? Con formulario de PNA o directamente con un documento redactado en una escribana?

Alguien sabe cual es la forma mas conveniente?
Y alguien conoce una escribania que se especialice en esto y de preferencia que quede cerca de Olivos?

Muchas gracias
Saludos!

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Lun Dic 10, 2018 5:22 pm
por benito
Escribanía Alvarez
Belgrano 225 San Isidro
4743 5928
Tienen mucha experiencia y saben todo los requisitos que pide Prefectura.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Lun Dic 10, 2018 6:45 pm
por AlfaVictor
Gracias Benito!
Alguien tiene el modelo de texto que debe tener la carta que te autoriza? O puede subir una imagen (tapando datos obviamente)?

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Lun Dic 10, 2018 6:49 pm
por FinisTerra
cualquiera sea el camino que adoptes, escribania o pna, ellos saben lo que se debe decir y como decirlo.
No parece que necesites el texto.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 10:21 am
por AlfaVictor
El tema es que escribania Alvarez me queda re lejos y quiero hacerlo con alguna otra un poco mas cercana, pero al mismo tiempo que sepan lo que hacen. Por eso queria ver cual es el texto que tienen en la famosa carta los que ya cuentan con ese permiso. La idea es por ir la carta, sin formulario de PNA.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 12:42 pm
por René Sauzet
AlfaVictor, te subo la imagen de la autorización que tengo dada por mi hijo con la firma certificada por Escribana y Colegio de Escribanos.
Suerte con el trámite.
Cordiales saludos.
René Sauzdet

NuevoDocumento 2018-12-11 12_opt.jpg

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 12:44 pm
por ramnosar
AUTORIZACION-PODER ESPECIAL PARA CONDUCIR EMBARCACION.


Conste por la presente que en mi carácter de propietario de la embarcación de nombre,......... Registro Especial de Yates nro ……...yo …………., dni ………., con domicilio en………., ,, CP 5105 autorizo a las siguientes personas:GUSTAVO ALBERTO….., dni ……., patrón de yate nro N-10788464, FEDERICO RODOLFO………., patrón de yate nro N8-5534784, …….timonel nro N5-7693245 a lo siguiente:1)conducir, timonear y cumplir funciones de capitán y skipper del mismo.2)navegar en tal carácter con o sin mi presencia, por cualquier vía navegable, Río de la plata interior y exterior, navegación costera por mar Argentino, lagos interiores ,República Oriental del Uruguay, conforme a la reglamentaciones vigentes.3)retirar la embarcación desde cualquier club náutico, marina o guardería donde se encuentre fondeado.4)Despachar la embarcación conforme a las disposiciones de PNA, a puertos argentinos y uruguayos firmando el ROL correspondiente.5)Efectuar gestiones vinculadas a la embarcación ante la PNA u otras autoridades de contralor.Se extiende la presente autorizacion en la ciudad de…….., a 24 dias del mes de octubre de 2018.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 1:23 pm
por AlfaVictor
Rene y ramnosar, les agradezco infinitamente!!!

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 1:55 pm
por Alpino Fitz
si estas en olivos te queda re cerca, no re lejos !

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 3:01 pm
por AlfaVictor
Alpino, entiendo que se encuentran en San Fernando y los titulares se mueven mas bien cerca de Olivos y los horarios de las escribanias hacen que sea bastante incomodo para gente que no para de laburar que es nuestro caso. Por otro lado si el texto esta ok, la certificación de firmas la puede hacer absolutamente cualquier escribania, y si queda a la vuelta de la esquina, mejor.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 3:46 pm
por Nerpina
Si pensas despachar y/o conducir la embarcación en el exterior, el poder tiene que estar apostillado, que es lo que le da validez internacional.
En las escribanías lo suelen saber.
Saludos

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 4:46 pm
por Alpino Fitz
excelente aclaración, si no está colegiado solo sirve para aguas nacionales.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 5:20 pm
por AlfaVictor
Gracias Nerpina!

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 6:10 pm
por ramnosar
Obviamente el poder certificante del escribano tiene que estar "legalizado" en el Colegio de escribanos, tramite que haces vos o la misma escribania, tenes que pagar unos mangos y esperarlo 2/3 horas. No se a que se refiere "apostillar" pero me huele a cancilleria cosa que no creo que te exijan en Uruguay.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 6:22 pm
por Albo
Se debe apostillar y en el colegio de escribanos de capital hay una oficina del ministerio de relaciones exteriores que apostilla todo instrumento notarial

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mar Dic 11, 2018 6:30 pm
por damoeste
si a la autorizacion la vas a utilizar en aguas del brasil la tenes que apostillar en cancilleria,luego hacer una copia en portugues e ir al consulado donde a la misma le ponen un carimbo (sello)

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mié Dic 12, 2018 10:21 am
por julioc
Si hago la nota de ramnsoar y certifico la firma es suficiente para navegar en argentina o hay que legalizarlo?

Si es sólo certificar se hace en el momento, vale la pena.

gracias

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mié Dic 12, 2018 10:33 am
por René Sauzet
julioc es necesario que la firma del autorizante este certificada por escribano y la firma del escribano certificada por el Colegio de Escribanos.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mié Dic 12, 2018 10:34 am
por Albo
Siempre hay que legalizar la firma del escribano. Por el colegio Salvo que la documental la hagas valer en igual jurisdicción. Pero si lo pretendes utilizar en otra. Ejemplo provincia es necesario la legalización del colegio y si el instrumento se va al extranjero se debe apostillar en ministerio de relaciones exteriores. Donde finaliza la legalización. Salvo como te dijeron que cambie el idioma

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Mié Dic 12, 2018 12:09 pm
por julioc
muchas gracias

Voy a hacerla igual, sino es un problema cuando alguien tiene qu mover el barco.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Jue Dic 13, 2018 2:04 pm
por Jorge Aguilar
Entrá en la página de Prefectura, que está el formulario. Lo podés imprimir y llevar llenado a la delegación de Prefectura.
Nosotros fuimos a Pref. San Isidro. Nos dieron ellos el formulario, se llenó y firmó en 5 minutos, se pagó el canon correspondiente, unos $ 400.- y nos fuimos con el trámite hecho en 10 minutos. El funcionario de Prefectura certifica la firma.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Jue Dic 13, 2018 2:17 pm
por AlfaVictor
Jorge Aguilar escribió:
Jue Dic 13, 2018 2:04 pm
Entrá en la página de Prefectura, que está el formulario. Lo podés imprimir y llevar llenado a la delegación de Prefectura.
Nosotros fuimos a Pref. San Isidro. Nos dieron ellos el formulario, se llenó y firmó en 5 minutos, se pagó el canon correspondiente, unos $ 400.- y nos fuimos con el trámite hecho en 10 minutos. El funcionario de Prefectura certifica la firma.
Sin certificación por escribano y colegiada no sirve de nada. Menos para despacho.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Jue Dic 13, 2018 2:19 pm
por AlfaVictor
Aca esta el extracto de la pagina de PNa explicando exactamente lo mismo.
"La persona física o jurídica propietaria de una embarcación, que autoriza el uso de la misma a un tercero, deberá obtener el Formulario cuyo modelo consta al pie de esta página, completará los datos, y procederá a certificar la firma ante escribano público, debiendo contar el documento con la legalización del Colegio Notarial respectivo."

Entonces terminas pagando a PNA, luego pagando a escribano. Con la carta pagas por unica vez, solo las firmas, no tenes que ir a prefectura y no tiene vencimiento.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Jue Dic 13, 2018 8:24 pm
por René Sauzet
Jorge Aguilar, la PNA no tiene autorización para certificar firmas. La autorización debe, aún utilizando el formulario de PNA, estar firmada por Escribano y la firma de éste certificada por el Colegio de Escribanos. Hace un tiempo que los Escribanos y el Colegio habían manifestado que sus funciones y atribuciones no podían ser ejercidas por funcionarios de la PNA. Consecuentemente, además del honorario correspondiente a la firma del Escribano y del Colegio, de usar el formulario de PNA también tenés que pagar el arancel de dicho formulario que es obviado haciendo el trámite directo ante Escribano.
Más arriba subí una imagen de la autorización que me hizo mi hijo certificada por ante Escribano y por ante el Colegio de Escribanos. No tiene vencimiento.
Cordiales saludos.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Sab Dic 15, 2018 1:04 pm
por ramnosar
El formulario de PNA es "optativo". En caso de hacerlo igual hay que ir a un escribano y legalizar su firma.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Sab Dic 15, 2018 1:27 pm
por René Sauzet
Con la autorización hecha por ante escribano y legalizada en el Colegio omitís el formulario.
Si pagas el arancel del formulario en PNA y lo integras, igualmente necesitas la certificación del escribano y legalización pertinente.
Esto mismo lo expresé en otras palabras en mi anterior mensaje, pero ahora creo que está más claro.
Cordiales saludos.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Sab Dic 15, 2018 11:04 pm
por DELFIN
Buenas noches...

Con la salida este año de nuevas Ordenanzas Marítimas de trámites náuticos, aparentemente el personal de prefectura puede certificar las firmas, no siendo necesario hacerlo ante escribano público y colegio.-

Igualmente he mandado un mail al Departamento Deporte Náutico preguntando por esto, cuando tenga una constestación la agrego.-

Saludos cordiales.-

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Dom Dic 16, 2018 12:59 am
por René Sauzet
Esperemos lo que te responden pero el tema viene de parte del Colegio de Escribanos que se quejaron en su momento entendiendo que los escribanos son los únicos fehacientemente autorizados a dar fe y certificar firmas.

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Dom Dic 16, 2018 9:39 am
por Albo
Los bancos. La policia también certifica firmas. Al igual anses....... en el caso en trato escribano colegio y ministerio de relaciones exteriores. Apostillado son los tres pasos correctos y en su caso traductor público El problema quizás quizás ,,,,,?????no lo tendrás aquí si tomas otro camino. Pero lo podes tener en el destino extranjero. Recuerdo el año pasado me pidieron en Carmelo certificado de elementos al llegar .... me costó Un tiempito de espera para que el chico de prefectura lo entendiera. Previa consulta con sus pares mayores .... también transportando la lancha por tierra en frontera uruguay Brasil me pidieron autorizaciones terrícolas por transporte en determinadas horas. Ancho del transportado transportado. Extinción del seguro etc Boleta compra motor. A pesar de constar en la matrícula etc etc Yo mmmmmmm lo queeeee bueno al documento verde lo aceptaron sin certificación alguna😜😜😜😜

Re: Autorización navegación y despacho embarcación ajena

Publicado: Lun Dic 17, 2018 10:20 am
por AlfaVictor
En la pagina de misma prefectura indica que por mas que se complete formulario, se deberá certificar la firma ante escribano y legalizar en colegio.