Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
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Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Estimados, entró en vigencia la nueva normativa que obliga a realizar varios trámites para poder patentar un trailer rutero. Alguien ha tenido la experiencia ya? Saben si para ser patentables los trailers deberían tener chapa identificatoria de No de serie, fabricante, No de diseño/modelo, etc? Se viene un verano de cabotaje y estamos analizando transportar el barco al dique San Roque, pero mi trailer, si bien rutero, es casero y tiene sus años, no hay factura, ni planos, ni fabricante establecido y quiero ver si tengo solución, sin recurrir a los servicios de transporte .... Muchas gracias y saludos!
- FinisTerra
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Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Nueva disposición para la circulación segura de tráileres
Los tráileres, acoplados y remolques deberán aprobar un informe técnico emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el fin de verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.
Publicado el miércoles 05 de mayo de 2021
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dispuso la aprobación de un modelo de informe técnico que será requisito previo al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV). Este certificado es uno de los requerimientos que exige la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son los acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.
La normativa de la ANSV tiene el objetivo de determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional, como por ejemplo, guardabarros, paragolpes, estabilidad y luces, entre otras. Una vez aprobado el informe, y emitido el Certificado de Seguridad Vehicular por parte de la ANSV, los propietarios de los vehículos categoría O1 deberán continuar el trámite ante DNRPA para su inscripción y patentamiento. Cabe remarcar que por resolución de este organismo, a partir de noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.
¿Cómo es el paso a paso para patentar un tráiler?
El trámite para patentar un tráiler se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.
Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.
Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.
Los tráileres, acoplados y remolques deberán aprobar un informe técnico emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el fin de verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.
Publicado el miércoles 05 de mayo de 2021
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dispuso la aprobación de un modelo de informe técnico que será requisito previo al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV). Este certificado es uno de los requerimientos que exige la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son los acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.
La normativa de la ANSV tiene el objetivo de determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional, como por ejemplo, guardabarros, paragolpes, estabilidad y luces, entre otras. Una vez aprobado el informe, y emitido el Certificado de Seguridad Vehicular por parte de la ANSV, los propietarios de los vehículos categoría O1 deberán continuar el trámite ante DNRPA para su inscripción y patentamiento. Cabe remarcar que por resolución de este organismo, a partir de noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.
¿Cómo es el paso a paso para patentar un tráiler?
El trámite para patentar un tráiler se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.
Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.
Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.
Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Muy bien Finis.......te faltó decir que deberá denunciar ante la compañía de seguro del auto el transporte del tráiler. Y pagar el anexo correspondiente. Contrario durante el transporte estará sin seguro....vuelvo. Muy prolijo el peroncho.....!!!!!!ah. Felicitaciones .......por tu reina....!!!!!!
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- Registrado: Lun Mar 25, 2019 1:36 pm
Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Mi duda es si para la aprobación de parte del Taller necesita tener identificación el trailer. Eso no lo indican los párrafos copiados.FinisTerra escribió: ↑Vie Nov 26, 2021 10:39 pmNueva disposición para la circulación segura de tráileres
Los tráileres, acoplados y remolques deberán aprobar un informe técnico emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el fin de verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.
Publicado el miércoles 05 de mayo de 2021
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dispuso la aprobación de un modelo de informe técnico que será requisito previo al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV). Este certificado es uno de los requerimientos que exige la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son los acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.
La normativa de la ANSV tiene el objetivo de determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional, como por ejemplo, guardabarros, paragolpes, estabilidad y luces, entre otras. Una vez aprobado el informe, y emitido el Certificado de Seguridad Vehicular por parte de la ANSV, los propietarios de los vehículos categoría O1 deberán continuar el trámite ante DNRPA para su inscripción y patentamiento. Cabe remarcar que por resolución de este organismo, a partir de noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.
¿Cómo es el paso a paso para patentar un tráiler?
El trámite para patentar un tráiler se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.
Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.
Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.
Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Si debe llevar el número de patente del auto precedido del numeral 101 lleve mi lancha hasta Florianópolis ......me pararon mil veces lleva unos pesos en un bolsillo y otros en el otro bolsillo. Se entiende...solucionan los inconvenientes ...serás una papita para los puestos camineros jaaass si fuera un camión o empresa de transporte no te paran pero al ser un auto cuando hice el viaje...ya era una fija. Me paraba por boludeces saludos y buen viaje
Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Albo.
Con la nueva normativa el trailer tiene patente propia, no es más 101 + la patente del auto.
Saludos.
Con la nueva normativa el trailer tiene patente propia, no es más 101 + la patente del auto.
Saludos.
Re: Traslado por ruta - Nueva normativa trailers
Fondo plano, acá está esto que te puede servir:
"¿Necesitás tramitar la placa alternativa para tu tráiler o casa rodante O1?
Mediante la Disposición conjunta 1/2021, se prorrogó hasta el 1 de abril de 2022 la fiscalización punitiva del cumplimiento de la registración (patentamiento) de los vehículos comprendidos en la categoría O1, de acuerdo a la normativa vigente dispuesta por la DNRPA. Hasta entonces, tenés tiempo de regularizar tu vehículo.
Los vehículos que comprenden está categoría son: acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares y casas rodantes de hasta 750 kilos.
Abajo podés acceder al formulario online de consultas para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) y a un instructivo que explica el paso a paso de cómo realizar el trámite para cumplir con la disposición 323/2019 de la DNRPA."
Está publicado en la página de la ANSV.
Saludos.
"¿Necesitás tramitar la placa alternativa para tu tráiler o casa rodante O1?
Mediante la Disposición conjunta 1/2021, se prorrogó hasta el 1 de abril de 2022 la fiscalización punitiva del cumplimiento de la registración (patentamiento) de los vehículos comprendidos en la categoría O1, de acuerdo a la normativa vigente dispuesta por la DNRPA. Hasta entonces, tenés tiempo de regularizar tu vehículo.
Los vehículos que comprenden está categoría son: acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares y casas rodantes de hasta 750 kilos.
Abajo podés acceder al formulario online de consultas para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) y a un instructivo que explica el paso a paso de cómo realizar el trámite para cumplir con la disposición 323/2019 de la DNRPA."
Está publicado en la página de la ANSV.
Saludos.