Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Buen dia muchachos, hago una consulta: se puede navegar sin despacho hasta la costa uruguaya, sin entrar en ningun puerto y volver? Hay que radiar o no con los controles uruguayos para avisar el transito? Les agradezco desde ya y los saludo.
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Hola Juanchi.
Hablare de lo que se debe hacer desde el ounto de vista reglamentario (REGINAVE en este caso).
Se debe despachar vía PNA siempre que:
1, Se vaya a navegar fuera de aguas jurisdiccionales argentinas
Es decir, si la embarcación sale del país, debe efectuar el despacho en PNA (junto con el teamite migratorio si se va a entrar en otro pais)..
Recordar que las franjas de las aguas jurisdiccionales argentinas en el Río de la Plata son 2 millas el RdP Interior y 7 millas en el RdP Exterior...y 12 millas en el Mar Argentino.
2. Si se va a navegar en aguas jurisdiccionales, pero dirigiéndose a otro puerto.
Esto es, por ejemplo, para hacer una travesía San Isidr a La Plata... o más lejos.
En este caso no se incluye el trámite de Migraciones.
3. Participación en regatas o travesías.
Cuando se participe en eventos organizados por alguna institucion que implican navegación a cierta distancia o en zonas específicas, la Prefectura puede requerir despacho.
Generalmente se pide el despacho cuando la regata o conserva cumple con alguno de los casos anteriores, y a discreción de la PNA.
4, Para todos los demás casos se hace solo el despacho local en el registro del club o marina.
Espero que esta información te sirva.
Ahora bien, yendo la otra parte de tu pregunta, respecto de si se debe informar el ingreso dn aguas jurisdiccionales de otro pais.
La respuesta es que íi, se lo debe hacer.
Supongamos que saliste de La Plata a dar la vuelta del perro, por lo que hiciste el despacho local (punto 4) y 4 horas después te das cuenta que estás frente a Colonia... navegando en aguas jurisdiccionales uruguayas.
No hay mayores problemas. Solo deberías radicar a Control Colonia (o la estación que corresponda) para indicar que estas navegando en su jurisdicción (transito inocente) y que noesgmax entrar en puertos uruguayos porque retornarán a tu puerto de origen.
Cordialmente
Chorchil
Hablare de lo que se debe hacer desde el ounto de vista reglamentario (REGINAVE en este caso).
Se debe despachar vía PNA siempre que:
1, Se vaya a navegar fuera de aguas jurisdiccionales argentinas
Es decir, si la embarcación sale del país, debe efectuar el despacho en PNA (junto con el teamite migratorio si se va a entrar en otro pais)..
Recordar que las franjas de las aguas jurisdiccionales argentinas en el Río de la Plata son 2 millas el RdP Interior y 7 millas en el RdP Exterior...y 12 millas en el Mar Argentino.
2. Si se va a navegar en aguas jurisdiccionales, pero dirigiéndose a otro puerto.
Esto es, por ejemplo, para hacer una travesía San Isidr a La Plata... o más lejos.
En este caso no se incluye el trámite de Migraciones.
3. Participación en regatas o travesías.
Cuando se participe en eventos organizados por alguna institucion que implican navegación a cierta distancia o en zonas específicas, la Prefectura puede requerir despacho.
Generalmente se pide el despacho cuando la regata o conserva cumple con alguno de los casos anteriores, y a discreción de la PNA.
4, Para todos los demás casos se hace solo el despacho local en el registro del club o marina.
Espero que esta información te sirva.
Ahora bien, yendo la otra parte de tu pregunta, respecto de si se debe informar el ingreso dn aguas jurisdiccionales de otro pais.
La respuesta es que íi, se lo debe hacer.
Supongamos que saliste de La Plata a dar la vuelta del perro, por lo que hiciste el despacho local (punto 4) y 4 horas después te das cuenta que estás frente a Colonia... navegando en aguas jurisdiccionales uruguayas.
No hay mayores problemas. Solo deberías radicar a Control Colonia (o la estación que corresponda) para indicar que estas navegando en su jurisdicción (transito inocente) y que noesgmax entrar en puertos uruguayos porque retornarán a tu puerto de origen.
Cordialmente
Chorchil
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
yo fui varias veces hasta el farallón y volví sin hacer ningún tramite, lo mismo que la regata a punta diamante, no se despacha ni se modula.
Chorchil para ir de bs as a mdq pna pide despacho. antes a papel y ahora "supongo" que con el despacho obsoleto digital
Chorchil para ir de bs as a mdq pna pide despacho. antes a papel y ahora "supongo" que con el despacho obsoleto digital
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Muchas gracias Chorchil. Muy clara tu respuesta. Igual que Dan, alguna vez vire Piedra Diamante y volvi sin despacho...pero fue hace mucho...Gracias y saludos
- Mariano Grumete
- Mensajes: 4539
- Registrado: Lun Jul 30, 2018 11:49 am
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Piedra Diamante está en Argentina, no en Uruguay, ya que está al SW del Canal a Martín García que es el límite en esa zona. No tenés que hacer ningún despacho.. Igual que Dan, alguna vez vire Piedra Diamante y volvi sin despacho...pero fue hace mucho...
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Ok Mariano, gracias. Porque entrando a Colonia por el norte,parece que la baliza esta en ROU
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Hola.
Como poder podés, no se debería hacer.
En la regata de las 100 millas, triangulo desde Olivos a La Plata, Colonia y Dársena Norte, no se suele despachar y entras en aguas jurisdiccionales Uruguayas, pues se vira una boya a 100 de la baliza de la escollera del puerto deportivo.
Las últimas ediciones, la organización de la regata , a pedido de Prefectura Uruguaya, nos solicitaba que radiaramos a Colonia avisando cuando nos aproximábamos a Colonia y luego al cruzar el canal Martin García, donde ya salimos de aguas uruguayas.
También en las regatas a Colonia es común que vairos barcos crucen la línea de llegada y se vuelvan, esos no suelen despachar.
Conozco dos casos de barcos que estaban con la transferencia en trámite por lo tanto no podían ir a Colonia, así que corrian la regata y se volvían ya que no podían despachar.
Los Uruguayos, como hacen un seguimiento de las embarcaciones, con que lea avises que pasas están conformes y no te compican las cosas
Saludos
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Ok,gracias Nerpina.
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
A diamante en regata es sin despacho. Creo organizador mandara nota de los inscriptos. De crucero yo no me arriesgaría. Total el despacho está a la vuelta de la esquina ....refacil...o no...????
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Pensa un eventual problema y tenés que entrar sin papeles...ja temita....igualmente conozco un solo caso que se canso de ir al Uruguay y jamás un despacho ni migraciones ni pago jamás hidrografía. Aquí jamás pago arba ni tasa ni nada. Así años y años..ja grande argentina ....y el barco estaba a nombre de otro fulano .....ahora creo se metió en moratoria ..paga dos pesos ..se caga de risa .....Jamás nada de nada ....increíble pero cierto. Cuando lo mencionaba se reía. Jaa ....Hoy ya con la tecnología creo va directo al calabozo...
No lo arregla ni con un cien salutti a todos los evasores ....mi papito decía con tu trabajo no harás LA plata...solo sobreviviras.....hay otros métodos....pa eso están los contadores y bogas..jeje
No lo arregla ni con un cien salutti a todos los evasores ....mi papito decía con tu trabajo no harás LA plata...solo sobreviviras.....hay otros métodos....pa eso están los contadores y bogas..jeje
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Juanchi
Como comentó Chorchil, la aguas jurisdiccionales son 2 millas de la costa en Rio de la Plata interior.
Si lo que querés es dar una vuelta al perro larga sn entrar en las 2 millas, lo podés hacer tranqui y sin despachar.
Yo anotaría en el libro del club, zona de navegación, Rio de la Plata y listo.
Si despachaás en PNA a Uruguay y volviste sin entrar al puerto que habías despachado, los miliquitos te van a romper las bolas y los vas a tener que convencer de que no tuviste ningún problema y que al contrario habías despachado por las dudas tuvieses un imprevisto.
Si despachás p/ej. de San Isidro a San Isidro,
Te van a decir que no corresponde porque no estás yendo de una jurisdicción a otra.
Da la vuelta tranquilo sin pasearte frente a la costanera de Colonia y listo.
Saludos
Como comentó Chorchil, la aguas jurisdiccionales son 2 millas de la costa en Rio de la Plata interior.
Si lo que querés es dar una vuelta al perro larga sn entrar en las 2 millas, lo podés hacer tranqui y sin despachar.
Yo anotaría en el libro del club, zona de navegación, Rio de la Plata y listo.
Si despachaás en PNA a Uruguay y volviste sin entrar al puerto que habías despachado, los miliquitos te van a romper las bolas y los vas a tener que convencer de que no tuviste ningún problema y que al contrario habías despachado por las dudas tuvieses un imprevisto.
Si despachás p/ej. de San Isidro a San Isidro,
Te van a decir que no corresponde porque no estás yendo de una jurisdicción a otra.
Da la vuelta tranquilo sin pasearte frente a la costanera de Colonia y listo.
Saludos
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Comprendido,gracias
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
A ver, entonces el canal Mitre,que a la altura de P.Madero esta a 4 millas de la costa, esta fuera de las aguas juridiccionales argentinas? Pregunto.Gracias.
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
El Rio de la Plata es un caso especial definido en el Tratado del Rio de La Plata y su Frente Marítimo (1973), que define 2 Jurisdicciones Exclusivas, Uruguaya y Argentina, y un área de uso común, así en RDLP INTERIOR cada Jurisdicción exclusiva es máximo 2 MN desde la costa, pero en lado Uruguayo es más chica porque no puede Exceder el Veril del Canal, el Canal Uruguayo (farallón) ya es uso común y así hasta 2 MN de nuestra costa. En RDLP Exterior pasa lo mismo pero pasa de 2 MN a 7 MN, siempre con la excepción del Canal Farallón. en las áreas de USO COMUN se aplica la jurisdicción de la Bandera del buque. La Isla Martín Garcia es un caso especial dentro del Tratado, para más detalles buscar el Tratado
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Hola Juanchi
Respecto de...
La jurisdiccion en los canales del Rio de la Plata corresponde al pais en el cual está radicada la emprea u organismo que los opera, y cubre las aguas dentro del canal y las que se extienden hasta 500 metros a un lado y otro de este.
La lógica de esto es facilitar los procesos administrativos, operativos y de resolución de incidentes y sieniestros, cuando ocurren.
Si la compañia operadora del canal esta radicada en Argentina, trabaja entonces bajo el marco jurídico de Argentina... liquida impuestos en Argentina, firma contratos en Argentina... etc.
De esa forma, se mantiene la coherencia en todo el sistema.
Y porqué hasta 500 metros fuera del canal?
Porque el trabajo de los que utilizan ese canal (desde los buques mercantes y de pasajeros hasta los remolcadores y empresas de practicaje) operan en las aguas del canal y las franjas laterales donde maniobran, por lo tanto tienen que estar cubiertas en el marco juridico, y se decidió que 500 metros de margen era suficiente.
Imaginate este caso práctico. La varadura de un buque... seguramente esa varadura ocurrió porque el buque "salio" del canal (raramente ocurren dentro del canal),
Esa varadura constituirá un "siniestro" que va a iniciar una serie de procesos administrativos y hurídicos que deben ser tratados en bajo algun marco reglamentario/jurídico, y esta definición de a que pais corresponden esas aguas permite resolver ese aspecto.
Espero que la respuesta te haya servido.
Cordialmente
Chorchil
Respecto de...
Buena pregunta.A ver, entonces el canal Mitre,que a la altura de P.Madero esta a 4 millas de la costa, esta fuera de las aguas juridiccionales argentinas?
La jurisdiccion en los canales del Rio de la Plata corresponde al pais en el cual está radicada la emprea u organismo que los opera, y cubre las aguas dentro del canal y las que se extienden hasta 500 metros a un lado y otro de este.
La lógica de esto es facilitar los procesos administrativos, operativos y de resolución de incidentes y sieniestros, cuando ocurren.
Si la compañia operadora del canal esta radicada en Argentina, trabaja entonces bajo el marco jurídico de Argentina... liquida impuestos en Argentina, firma contratos en Argentina... etc.
De esa forma, se mantiene la coherencia en todo el sistema.
Y porqué hasta 500 metros fuera del canal?
Porque el trabajo de los que utilizan ese canal (desde los buques mercantes y de pasajeros hasta los remolcadores y empresas de practicaje) operan en las aguas del canal y las franjas laterales donde maniobran, por lo tanto tienen que estar cubiertas en el marco juridico, y se decidió que 500 metros de margen era suficiente.
Imaginate este caso práctico. La varadura de un buque... seguramente esa varadura ocurrió porque el buque "salio" del canal (raramente ocurren dentro del canal),
Esa varadura constituirá un "siniestro" que va a iniciar una serie de procesos administrativos y hurídicos que deben ser tratados en bajo algun marco reglamentario/jurídico, y esta definición de a que pais corresponden esas aguas permite resolver ese aspecto.
Espero que la respuesta te haya servido.
Cordialmente
Chorchil
Re: Navegar en aguas uruguayas, sin despacho.
Muchas gracias Chorchil, muy clara y profesional tu respuesta sobre el Mitre. Te saludo atentamente.